Con el fin de dar conocimiento a los interesad@s en permutar, hemos publicado en nuestra web, sus datos laborales.
Cabe reseñar que los requisitos para permutar son los siguientes:
Cabe reseñar que los requisitos para permutar son los siguientes:
- Ser trabajadores fijos.
- Que los puestos de trabajo sean equivalentes en cuanto a su clasificación y régimen de contratación y se cumplan los requisitos señalados en los párrafos siguientes:
- En el plazo de cinco años a partir de la concesión de una permuta, no podrá autorizarse otra a cualquiera de los interesados.
- No podrá autorizarse la permuta cuando alguno de los trabajadores interesados les falte menos de cinco años para cumplir la edad de jubilación forzosa.
- Serán anuladas las permutas si en los dos años siguientes a la fecha en que tengan lugar se produce la jubilación voluntaria de alguno de los permutantes.
- Para la concesión de las permutas se exigirá informe previo favorable de los servicios u organismos afectados y de las correspondientes Subcomisiones Delegadas.
- Los traslados por permuta no darán derecho a indemnización alguna.
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