jueves, 29 de marzo de 2012

Hay derecho a la huelga y a trabajar y a desplazarse

Rubalcaba lanza a sus sindicatos Toxo y Mocho a la Huelga General auxiliados de los piquetes de la porra


EL ARTÍCULO 28 de la Constitución reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores «en defensa de sus intereses». Nada hay que objetar, pues, a los ciudadanos que libremente hayan decidido no acudir a su puesto de trabajo, aunque creemos que la huelga convocada para hoy por CCOO y UGT sólo va a servir para empeorar la ya deteriorada situación de nuestra economía.
A este respecto, resultan especialmente ilustrativas las declaraciones de Cristóbal Montoro, que advirtió que «España está en una situación límite». Sus palabras no son una exageración, ya que ayer mismo un informe de Citigroup apuntaba que nuestro país está cerca de tener que ser rescatado, mientras Le Monde afirmaba en su portada que España es «la mayor preocupación de Europa».
Todo indica que la prima de riesgo -en torno a los 350 puntos- se está manteniendo gracias a las compras masivas de deuda española del BCE, sin cuya intervención sería imposible colocar títulos a un precio razonable. Por esta razón, Cristóbal Montoro y Luis de Guindos advirtieron ayer que el Gobierno no dará marcha atrás en la reforma laboral ni en los ajustes pendientes.
Parece claro que esta huelga sólo va a agravar nuestra pésima situación. Pero aun así cada uno es dueño de sus decisiones. Dicho esto, la misma libertad que tiene cada individuo para sumarse a una huelga que es perfectamente legal resulta exigible para quienes quieran ejercitar su derecho al trabajo. Los poderes públicos deberían garantizar que todos y cada uno de los españoles que quieran trabajar puedan hacerlo sin obstáculos.
Eso es lo que precisamente dice también la Constitución en ese artículo 28 al señalar «la ley que regule el ejercicio de este derecho [de huelga] establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad». Unos servicios esenciales que deberían asegurar que cada ciudadano pueda acudir a puesto de trabajo y, además, garantizar la movilidad de las personas para desplazarse libremente. Esto incluye a los niños, los jóvenes, los jubilados o los parados que no tienen la opción de hacer huelga y que van a ver hoy injustamente entorpecida su vida cotidiana.
A pesar de que la Constitución entró en vigor en 1978, ningún Gobierno ha sido capaz de promover esta ley que debería regular el ejercicio del derecho de huelga y los servicios mínimos. Sin duda, porque ningún gobernante se ha atrevido a enfrentarse a los sindicatos, que prefieren que no exista regulación alguna.
En esta ocasión, ha habido ocho comunidades autónomas que han dictado un decreto de servicios mínimos tras la falta de acuerdo con los sindicatos, que ya han sugerido que no los acatarán al considerarlos abusivos. Hoy veremos cómo se comportan, pero nadie mínimamente imparcial puede considerar excesivos servicios públicos de transporte que sólo garantizan una pequeña frecuencia de los autobuses y los ferrocarriles. A nuestro juicio, se quedan muy cortos.
Otra de las cuestiones que siempre se plantea en una huelga es la de los piquetes. Los sindicatos dicen con un eufemismo que los piquetes son legales porque tienen un carácter meramente «informativo». Todos sabemos que no es así. Los ciudadanos ya están informados por los medios de comunicación. Lo que los piquetes hacen es coaccionar a quienes quieren ir a trabajar e impedir que funcione el transporte público. Por eso, nos parecen acertadas las declaraciones de Esperanza Aguirre, que pidió a los ciudadanos que cuelguen en las redes sociales fotos y vídeos de los excesos de los piquetes. Tal iniciativa no debe tener un sentido sólo testimonial sino ayudar a la Policía y la Fiscalía a proceder contra quienes cometan delitos casi siempre impunes. Antes no existía esa posibilidad tecnológica, pero ahora es perfectamente posible. En cualquier caso, veremos en las próximas horas si se cumplen los servicios mínimos y si hay o no coacciones, dos requisitos esenciales para que el ejercicio del derecho de huelga no lesione otros derechos igualmente respetables y democráticos.
epsimo y EL MUNDO

No hay comentarios:

Publicar un comentario