Asistentes:
Por la
Administración Penitenciaria: Subdirectora General de RR.HH., Subdirectora
General Adjunta de RR.HH., Subdirector General de Sanidad Penitenciaria y demás
representantes de la SGIIPP.
Por la parte Social: CSI-F y otros..
En esta reunión informal, sin orden del día, se nos informó de los
siguientes asuntos:
1º.-
Productividad que afecta al personal funcionario:
La Administración
penitenciaria nos recuerda que la productividad es un concepto retributivo de
naturaleza variable, es decir, no es una retribución fija.
La productividad
vinculada a la reducción del absentismo laboral y evaluación de la eficiencia
afecta a 21.500 efectivos de la Institución, abarcando al personal funcionario
de carrera e interino. Esta productividad y el programa de productividad de las
guardias sanitarias supera el 70% del crédito destinado a Productividad, por lo
que se prevé la revisión de la productividad que contempla el programa de
guardias sanitarias en los siguientes Centros Penitenciarios;
CENTRO
|
Población
actual
|
Tipo de
Guardia
|
Km a la
Capital
|
Km al
Hospital
|
RPT
MÉDICOS
|
RPT
ENFERMEROS
|
VALLADOLID
|
444
|
PRESENCIAL
|
25/30
|
IDEN
|
1+ 6
|
7
|
MURCIA 1
|
486
|
PRESENCIAL
|
25/30
|
IDEN
|
1+ 6
|
9
|
MADRID 1
|
531
|
PRESENCIAL
|
60
|
1
|
1+ 6
|
7
|
JAÉN
|
559
|
PRESENCIAL
|
15
|
IDEN
|
1+ 6
|
8
|
EL DUESO
|
552
|
PRESENCIAL
|
50
|
IDEN
|
1+ 6
|
7
|
DAROCA
|
542
|
PRESENCIAL
|
80
|
39
|
1+ 6
|
6
|
LAS PALMAS 2
|
744
|
LOCALIZADA
|
50
|
CERCA
|
1+ 7
|
11
|
MADRID 7
|
1448
|
LOCALIZADA
|
90
|
90
|
1+ 7
|
12
|
Dentro del marco de
racionalización de los servicios públicos, la SGIIPP se propone reorganizar, a
principios de 2013, las guardias del personal sanitario, así la guardia de
presencia física en los C.P. de Daroca,
El Dueso, Jaén, Madrid I, Murcia I y Valladolid, pasará a una presencia mixta
(de lunes a viernes guardia de presencia localizada y el sábado, el domingo y
el día festivo, guardia de presencia física en el C.P.). Sin embargo, en los
C.P. de Las Palmas II y Madrid 7, la guardia de presencia localizada pasará a
guardia de presencia física de lunes a domingo.
Los parámetros tenidos en cuenta por
la Administración penitenciaria para llegar a esta propuesta han sido:
-
Población
reclusa.
-
La
distancia en Km. al Hospital.
-
Efectivos
sanitarios.
La SGIIPP cree que con
este sistema la asistencia sanitaria está garantizada.
CSI-F
estima
que el sistema propuesto por la Administración penitenciaria es un nuevo
recorte de derechos a lo que esta organización sindical se opone, que no se
explicita dónde va a parar el ahorro producido con la medida que
se propone y pone en duda que no se ponga en peligro la seguridad jurídica y sanitaria de los trabajadores penitenciarios,
así como la salud de los internos.
Además esta nueva
decisión/imposición de la Administración vulnera lo dispuesto en el Art. 37.1
del Estatuto Básico del Empleado Público, y sustrae de la negociación con los
representantes de los trabajadores materias que afectan decisivamente a las
condiciones de trabajo de los empleados públicos penitenciarios; así el
artículo 37.1 c), k) y m) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del
Estatuto Básico del Empleado Público, que establece que:
“1.
Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las
competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente
proceda en cada caso, las materias siguientes:
c)
Las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera,
provisión, sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes e
instrumentos de planificación de recursos humanos.
k)
Las que afecten a las condiciones de
trabajo y a las retribuciones de los funcionarios, cuya regulación exija
norma con rango de Ley.
m)
Las referidas a calendario laboral,
horarios, jornadas, vacaciones, permisos, movilidad funcional y geográfica,
así como los criterios generales sobre la planificación estratégica de los
recursos humanos, en aquellos aspectos que afecten a condiciones de trabajo de los empleados públicos”.
A
mayor abundamiento, el artículo 37.2 del EBEP establece que “Cuando como
consecuencia de las decisiones de las Administraciones que afecten a sus
potestades de organización tengan repercusión sobre condiciones de trabajo de
los funcionarios públicos contempladas en el apartado anterior (37.1),
procederá la negociación de dichas condiciones con las Organizaciones
Sindicales…”.
Por
tanto, al omitir esta obligación, supone que se ha vulnerado el derecho
fundamental a la negociación colectiva, así como a la fuerza vinculante de los
acuerdos obtenidos fruto de dicha negociación, regulado en el artículo 37.1 de
la Constitución española, toda vez que, para la aprobación de la mencionada
modificación de las guardias sanitarias, ha existido infracción de un trámite fundamental como es la negociación
con las organizaciones sindicales y, por tanto, nos hallamos ante un vicio
procedimental con eficacia invalidante en la medida en que se impide el
cumplimiento de la finalidad prevista en la norma.
Por
lo tanto, esta organización, pese a que la Administración penitenciaria
considera que este asunto no es materia de negociación colectiva, dará traslado
a los Servicios Jurídicos de este Sindicato de los antecedentes necesarios para
su estudio y, en el caso de que proceda, la interposición en su momento de las
acciones judiciales que se estimen oportunas.
2º.- Programa de Productividad
vinculada a la reducción del absentismo laboral y evaluación de la eficiencia.
Habida
cuenta del déficit registrado por este concepto
y ante la postura del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
relativa a no autorizar el incremento del “techo de gasto”, la SGIIPP se
propone abonar en la nómina del mes de
diciembre, y por este concepto, una cantidad lineal por importe de 70 euros y
el resto lo abonará en la nómina del mes de enero de 2013.
Otra nueva lesión de los
derechos de los trabajadores.
3º.- Otros asuntos de interés:
a)
A primeros de diciembre se va a
proceder al traslado de los internos (aproximadamente 80) de las antiguas
estructuras del CIS de Jerez de la Frontera a las nuevas instalaciones del CIS
dependiente del C.P. de Puerto II.
b)
No hay nada concretado acerca del
traslado de los Servicios Centrales a otras dependencias.
c)
La SGIIPP estudiará ampliar el plazo
límite señalado en la Instrucción 11/2006 para el disfrute de los días de asuntos
particulares.
d)
Se denuncia el incumplimiento del
Protocolo de riesgos biológicos.
OS
SEGUIREMOS INFORMANDO DE LAS NUEVAS IMPOSICIONES
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