miércoles, 13 de junio de 2012

SI VIAJAS AL EXTRANJERO ESTE VERANO NO TE OLVIDES LA TARJETA SANITARIA EUROPEA (TSE)Y SU CERTIFICADO PROVISIONAL SUSTITUTORIO (CPS)


La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento que acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, en el territorio de otro Estado Miembro de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania y Suecia) y en Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
Permite acceder a los servicios públicos de salud de estos Estados durante las estancias temporales por motivos laborales, estudios u ocio, pero no en los casos en los que el desplazamiento tiene como finalidad recibir tratamiento médico.
La TSE y su Certificado Provisional Sustitutorio (CPS) tienen la misma validez jurídica para acceder a la asistencia sanitaria pública en las mismas condiciones y con la misma extensión que los ciudadanos del país que esté visitando. El facultativo o institución sanitaria en el país en que se produzca la asistencia podrá requerir, además de la TSE/CPS, la presentación de un documento que acredite la personalidad de su titular (DNI o pasaporte).
Esta tarjeta es personal e intransferible, de forma que en aquellos desplazamientos del titular del derecho junto con sus beneficiarios, o por separado, se extenderá una tarjeta por cada uno de los miembros.
Ámbito de la asistencia recibida:
Cada Sistema Nacional de Salud es diferente y puede no incluir todas las prestaciones que facilita el Sistema Nacional de Salud en España e incluso algunas de estas prestaciones pueden tener un coste para el usuario que tendrá que abonar directamente.
Algunos países establecen el anticipo del importe de la asistencia (sistemas de reembolso) o abono parcial de ésta (sistema de copago), por ello, el titular deberá informarse antes del viaje de las condiciones en las que se presta la asistencia sanitaria pública en el país de destino, dado que se le aplicarán las mismas reglas que a sus ciudadanos.
En el caso de que el interesado haya recibido asistencia en un Estado con régimen de reembolso o copago, puede solicitar que MUFACE le reintegre las cantidades satisfechas conforme a la normativapropia de la Mutualidad.

No hay comentarios:

Publicar un comentario