jueves, 7 de junio de 2012

Prisiones endurece los permisos para los maltratadores

Las salidas de la cárcel de extranjeros con orden de expulsión tendrán que estar «especialmente justificadas»
Cada año menos presos se escapan durante un permiso penitenciario, cuyo fin es preparar a los reos para su vida en libertad. Para reducir ese riesgo de fuga, que siempre existe, todo está tasado y supervisado. A mediados de abril empezó a aplicarse una nueva instrucción en la que se endurecen los permisos de salida para los maltratadores y para aquellos extranjeros sobre los que haya recaído resolución administrativa o judicial de expulsión. Además, de forma general se fija la denegación de permisos a los internos indocumentados, bien porque ellos se hayan negado a que se les documente o porque haya sido imposible lograrlo. Una decisión, ésta última, que creará controversia.
«Ante nuevos fenómenos de delincuencia, resulta aconsejable introducir dos nuevas circunstancias peculiares» para conceder permisos de salida: «la existencia de resoluciones administrativas o judiciales de expulsión y la comisión de delitos de violencia de género, c0mo tipo delictivo específico», señala el documento. Ambas circunstancias se incorporan a la tabla de concurrencia de circunstancias peculiares, uno de los instrumentos junto con la tabla de variables de riesgo que tienen los centros penitenciarios para valorar la conveniencia o no de una salida.
La instrucción recoge de manera expresa cómo se tienen que comunicar los permisos en casos de violencia de género (es frecuente que un preso condenado por este delito intente saltarse la orden de alejamiento). Siempre que haya un permiso ordinario o extraordinario (nacimiento de un hijo, fallecimiento o enfermedad grave de padres, hijos, hermanos o cónyuge), o una salida programada a un preso condenado por este delito, se comunicará a la Unidad de Violencia contra la Mujer adscrita a la Delegación o Subdelegación del Gobierno y a las Fuerzas de Seguridad del Estado, tal y como recoge un protocolo de 2009. Tienen que constar las fechas concretas y el lugar de disfrute del permiso para que el preso esté controlado.
En cuanto a los extranjeros, la orden firmada por el secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste, se refiere tanto a los penados sin residencia legal que tengan decretada orden de expulsión administrativa o judicial como a aquellos que hayan cometido delitos castigados con más de cinco años de prisión. «Se valorarán tales circunstancias para el estudio de posibles permisos. Su concesión deberá venir especialmente justificada y motivada», en atención a otros condicionantes que, a juicio del equipo técnico, «aminoren sensiblemente el riesgo de mal uso o quebrantamiento».
ABC

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