PERSONAL LABORAL. PERMUTAS EN EL ÁMBITO DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
Estimados compañer@s:
Desde CSI·F con el objetivo de poner en contacto personas interesadas en permutar, en el ámbito de IIPP, queremos hacer una base de datos con las personas interesadas en este fin, indicando los requisitos que deben cumplir, establecidos en el Artículo 32. Otras formas de movilidad, del III Convenio Único, los cuales son:
1. Ser trabajadores fijos.
2. Que los puestos de trabajo sean equivalentes en cuanto a su clasificación y régimen de contratación y se cumplan los requisitos señalados en los párrafos siguientes:
· En el plazo de cinco años a partir de la concesión de una permuta, no podrá autorizarse otra a cualquiera de los interesados.
· No podrá autorizarse la permuta cuando alguno de los trabajadores interesados les falte menos de cinco años para cumplir la edad de jubilación forzosa.
· Serán anuladas las permutas si en los dos años siguientes a la fecha en que tengan lugar se produce la jubilación voluntaria de alguno de los permutantes.
· Para la concesión de las permutas se exigirá informe previo favorable de los servicios u organismos afectados y de las correspondientes Subcomisiones Delegadas.
· Los traslados por permuta no darán derecho a indemnización alguna.
Las personas que estéis interesadas en formar parte de esta base de datos, cuyo objetivo reitero, es poner en contacto a personas que tengan oportunidad de permutar, enviarnos un correo electrónico: central45.talavera@csi-f.es o a age.interior@csi-f.es con los siguientes datos:
· Categoría Profesional:
· Nombre:
· Centro de destino Actual:
· Centro solicitado: localidad y Provincia.
· Teléfono de contacto:
· Correo electrónico:
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