Reunida la Comisión de
Valoración el día 6/06/12, se informa de los siguientes temas:
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El
nº de instancias registradas 8649.
-
El
nº de plazas solicitadas 118397.
-
49
peticiones de Especialistas (Cataluña).
-
Condicionadas
444.
-
Peticiones
del Plan Concilia 849.
Aquellos peticionarios que no habían
firmado las instancias habiendo solicitado condicionado por convivencia
familiar, la Administración las dará por válidas al haberse incorporado el
requisito por primera vez y al haberse puesto en contacto con los peticionarios
para que subsanasen el error.
Los criterios para la concesión de la
conciliación serán conformes a las bases y criterios del último concurso.
El
fondo de la cuestión y tema principal de la reunión ha sido, como se esperaba,
el “problema” de la Promoción del 2009.
A raíz de la sentencia de la Audiencia
Nacional 1629/1998 y de las quejas de muchos de los funcionarios de la citada
Promoción, se ha generado un largo debate, donde han quedado patentes los siguientes
puntos:
-
No
cabe hacer extensiva la Sentencia de la Audiencia Nacional, ya que su contenido
hace referencia a la Comisión de Valoración de la Agencia Tributaria y referido
a un determinado Concurso.
-
Habiendo
solicitado la Administración Penitenciaria informe a Función Pública sobre el
fondo de la Sentencia referida y las quejas planteadas por funcionarios de la
Promoción 2009 solicitando que se haga extensiva dicha Sentencia, Función
Pública reitera que, conforme al R.D. 364/95 sobre Provisión de Puestos de
Trabajo, la fecha de la toma de posesión es la que se considera válida para
adquirir la condición de Funcionario de Carrera, y por tanto, para el cómputo
del grado personal, conforme a las bases del Concurso apartado 1.2 Méritos
Generales.
-
Conforme
a las quejas planteadas, en el sentido de no haber “podido tomar posesión por
razones ajenas a la voluntad del funcionario”, tendrá que ser éste quién
demuestre, por medio de certificado del Centro, la imposibilidad del
hecho de la toma de posesión en fecha anterior a la reseñada en su Expediente.
-
No
se puede extender la fecha de toma de posesión a la fecha de publicación en el
B.O.E. por el hecho de que se perjudicaría a terceros, y el hecho de que ya las
Promociones del 2007 y 2008 resultaron igualmente “perjudicadas” por las fechas
y Bases del Concurso correspondiente.
-
Igualmente,
el informe reconoce la voluntariedad de la toma de posesión dentro del
mes de incorporación.
-
Por
último, la Administración no puede admitir ninguna “intencionalidad” en la elección
de fechas del Concurso, porque fueren las fechas las que fueren, siempre habría
perjudicados y beneficiados en alguno de los apartados.
CSI-F
presenta voto particular al Acuerdo de la Comisión de Valoración y,
posteriormente, formulará su escrito a dicha Comisión.
La
Administración penitenciaria prevé que a finales de este mes o comienzos del
próximo se publicará los listados provisionales; no obstante, se irá publicando
las fechas definitivas una vez sean conocidas.
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