Interior ordena que la Policía dé un trato de favor a los 'indignados'
Según informaron a EL MUNDO fuentes policiales, tras las cargas de la semana pasada, las órdenes son «aflojar» el control policial contra los indignados. Así, incluso por escrito, las Unidades de Intervención Policial (las conocidas como antidisturbios) han sido requeridas para que, pese a que las concentraciones convocadas por estos movimientos no sean legales, no se actúe contra ellos, no se les reclame siquiera las identidades a los que organicen o participen de estos actos.
Según explicaron estas fuentes, prácticamente todos los actos convocados por estos movimientos no cumplen con los requisitos fijados por la ley y aquellos que participan pueden ser identificados y hasta sancionados.
Hasta los disturbios que se produjeron tras la manifestación anti Papa, los agentes sí procedían en determinadas situaciones a identificar a los convocantes de las concentraciones. Pero, pese a que las provocaciones de los más radicales de estos indignados eran constantes, las actuaciones policiales no iban más allá porque la consigna de Interior, entonces, era clara: aguantar.
Tras los disturbios de la semana pasada, la Policía ha recibido órdenes de no llevar a cabo identificaciones. Vuelve a retomar la política de aguantar, rota únicamente cuando los radicales provocaron situaciones de enorme tensión contra los peregrinos y contra el dispositivo de seguridad, con lanzamiento de botellas de cristal incluido.
Los mandos consultados por este periódico interpretan que el Departamento que dirigió el ahora candidato socialista, Pérez Rubalcaba, y está ahora en manos del que fuera su segundo, Antonio Camacho, busca mantener cierta equidistancia con el movimiento del 15-M lo que supone darle un trato de favor. Estos mandos explicaron que este trato diferencial ya se puso de manifiesto recientemente, durante las concentraciones en la que los indignados denunciaron actuaciones excesivas por parte de las Fuerzas de Seguridad del Estado.
Una concentración en la Plaza de Oriente que no tenía ni siquiera el visto bueno de la autoridad gubernativa no tuvo consecuencia alguna para los organizadores o promotores, que la habían convocado a través de las redes sociales. Los agentes de las UIP allí desplazados únicamente vigilaron que no se produjeran situaciones de tensión o que alteraran el orden público, pero permitieron que la reunión se celebrara sin identificar a nadie.
Sin embargo, ese mismo día se celebró una concentración ante la embajada de Libia en Madrid. Ese acto tampoco estaba autorizado. Fue una reunión espontánea motivada por la evolución de los acontecimientos de la actuación militar de la OTAN para derrocar a Gadafi. Los agentes desplegados en la zona sí procedieron a identificar a los congregados, en aplicación de la legislación actual en materia de seguridad ciudadana.
No ha sido ésta la única actuación por parte del Ministerio del Interior para tratar de facilitar una relación abierta con este movimiento social.
Tras los incidentes de la Puerta del Sol en los que se produjeron algunas actuaciones excesivas por parte de tres agentes ahora expedientados, el Departamento dirigido por Antonio Camacho blindó las informaciones que tenía la Policía. Durante los últimos meses, los agentes de las Unidades de Intervención Policial han acumulado mucho material videográfico sobre las múltiples provocaciones que sus efectivos han estado sufriendo por parte del sector radical, el de los incontrolados, que han protagonizado todos los incidentes de la Puerta del Sol.
En esas imágenes se observa como los radicales se encaran, golpean en algunos casos, orinan encima de las botas de los policías... Pero, en su afán de no buscar más distancias con el movimiento del 15-M, Interior ha decidido no autorizar la difusión de esas imágenes.
Y entre el material videográfico grabado por la Policía hay también imágenes de los días en que se produjeron las cargas. Las más duras, tras la marcha anti Papa que atravesó una Puerta del Sol donde había varios grupos de peregrinos extranjeros. Los más radicales de los manifestantes tomaron la plaza y expulsaron a los peregrinos
Los agentes, 'insultados' y 'orinados'
En la iniciativa que se someterá a la aprobación del Parlamento por vía de urgencia y en lectura única, PSOE y PP han optado por establecer en el Título VII de la Constitución una disciplina fiscal para las administraciones, vinculando la política presupuestaria española a las directrices de la gobernanza económica de Bruselas. La Constitución española será, pues, la primera de la UE que asuma expresamente como propio el déficit que marquen las autoridades europeas. El acuerdo de ambas formaciones incluye asimismo una nueva Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria para una reducción progresiva del déficit público, de tal forma que en 2020 no pueda superar el 0,4% del PIB desglosado de la siguiente forma: un 0,26% para la Administración General del Estado y un 0,14% para las comunidades autónomas.
Hay que felicitarse por este acuerdo que sin duda será bueno para España y contribuirá a recuperar la confianza internacional en la economía española, ahora bajo mínimos. Hay que recordar asimismo que la necesidad de vincular las economías de los distintos países a las directrices de Bruselas ya fue una idea expuesta por Zapatero en enero de 2010, cuando España asumió la Presidencia de turno. No hay duda de que el compromiso europeísta, tanto de Zapatero como de Rajoy, es el que ha hecho posible el pacto entre ambos, aunque sea in extremis.
Mención aparte merece la estrategia del candidato Rubalcaba en esta negociación. El aspirante socialista quiso apuntarse el tanto a la vez que desactivar la rebelión en las filas del PSOE, por lo que filtró como propia la propuesta de que el texto de la reforma no incluyera cifras concretas para limitar el déficit de las administraciones y que éstas fueran recogidas en una ley orgánica. En realidad, no tenía sentido incluir cifras concretas en la Constitución, por lo que era una filtración totalmente interesada con la que pretendía salvar la cara ante su partido y los sectores de la izquierda que han criticado con dureza la iniciativa de Zapatero. Lo cierto es que en su propuesta de limitar constitucionalmente el déficit público, formulada antes de que Merkel y Sarkozy la impusieran para la zona euro, Mariano Rajoy nunca habló de cifras.
La posición de Rubalcaba quedará retratada para siempre en su mofa del líder del PP cuando éste propuso la reforma. «La Constitución se cambia fácilmente y en un plis plas va a acabar con la crisis». Es difícil que pueda redimirse de ésta.
«El artículo 135 queda redactado así...»
«1. El Gobierno habrá de estar autorizado por Ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito.
2. Los créditos para satisfacer el pago de intereses y capital de la Deuda del Estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión».
Con la propuesta de reforma pactada anoche entre el PSOE y el PP, el nuevo artículo queda así:
«1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
2. El Estado y las CCAA no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.
Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
3. El Estado y las CCAA habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito.
Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión. El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
5. Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:
a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.
b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.
c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
6. Las CCAA de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.
epsimo y EL MUNDO___________________
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