martes, 28 de junio de 2011

Un juez ordena a alimentar a la fuerza a un preso en huelga de hambre

Un recluso de la cárcel de Teruel lleva más de dos meses siendo alimentado en contra de su voluntad en virtud de una orden judicial emitida para evitar que pueda morir como consecuencia de la huelga de hambre que había iniciado unas semanas antes. T. H., de origen marroquí, está cumpliendo en el centro penitenciario turolense una condena firme de 16 años de prisión emitida por la Audiencia Provincial de Alicante, que lo declaró culpable de un delito de violación ±trece años± y de otro de robo con violencia ±tres más±. Sin embargo, él sostiene que no fue el autor de esos hechos y lleva meses reclamando una revisión de su caso. Esa protesta le llevó a iniciar una huelga de hambre que conllevó tal deterioro de su estado de salud que los responsables del penal y los servicios médicos optaron por hospitalizarlo.

Sin embargo, y pese a su mal estado, T. H. siguió negándose a ingerir alimentos. Esa situación llevó a que uno de los jueces de Instrucción de Teruel dictara el pasado 8 de abril una orden que obligaba a los responsables del hospital Obispo Polanco a alimentar al reo en contra de su voluntad. Sin embargo, esa resolución no fue suficiente para garantizar la salud del preso, el cual, según explicaron fuentes conocedoras de la situación, llegó a arrancarse las sondas por las que llegaba a su cuerpo el suero que lo mantenía vivo. La actitud de T. H. requirió un segundo auto que reforzaba el contenido del primero y que especifica que el personal del centro sanitario debe alimentarlo por mucho que se oponga.

El caso de T. H. es el primero de este tipo que se registra en Aragón desde la aprobación, el pasado mes de marzo, de la Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en su Proceso de Muerte -popularmente conocida como Ley de Muerte Digna-, que establece que una persona mayor de edad puede renunciar a recibir tratamientos médicos si así lo decide, siempre que mantenga sus facultades mentales y aunque eso pueda conllevar su fallecimiento. Sin embargo, el caso de T. H. ofrece algunas peculiaridades que matizan la aplicación de esa normativa. Por un lado, se trata de una persona privada de libertad y condenada a cumplir una pena como autor de dos delitos. Y, por otro, según explicaron fuentes de Instituciones Penitenciarias, esta administración tiene la obligación de garantizar tanto la vida como la integridad física de las personas que tiene bajo su custodia. Las mismas fuentes señalaron que una persona en situación de reclusión no podría acogerse a las opciones que ofrece la ley de muerte digna.

El caso de T. H., cuya vida corre peligro como consecuencia de la protesta iniciada al considerarse víctima de un error judicial, incluye paralelismos con otros dos episodios que en los años 90 estremecieron a la sociedad aragonesa. Uno fue la huelga de hambre de los presos del GRAPO, que incluyó el asesinato de uno de los médicos del hospital Miguel Servet encargados de su cuidado. El otro fue el de Marcos Alegre, el niño al que el pánico generado por sus convicciones religiosas -era testigo de Jehová- le llevó a rechazar la transfusión de sangre que le habría salvado la vida.

Periódico de Aragón____________________

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