viernes, 29 de abril de 2011

La corrompida democracia española sigue fabricando monstruos

La corrompida democracia española sigue fabricando monstruos: Una niña de 12 años, sospechosa de la muerte de un niño de seis en Granada

El pequeño Alejandro, de seis años, estaba casi dormido en el sofá cuando su vecina del tercero, una chica de doce años, fue a buscarlo. «Vente conmigo que te voy a dar un coche», le dijo.…

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El desgobierno de inéptos, inútiles, analfabetos y víctimas de la LOGSE que tenemos insta a los hijos españoles a que denuncien a sus padres si realizan comentarios sexistas o racistas.

PRONTO NOS DIRÁN, A QUE HORA Y CÓMO HAY QUE MEAR.

VIVIMOS EN ESPAÑA, UNA DICTADURA BENEVOLENTE


La figura del chivato, el soplón de toda la vida, vive una época de esplendor con el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Si hace unos meses, la ministra Leire Pajín animó a los chivatos de toda España a delatar a los que no cumplieran la ley Antitabaco, ahora se insta a los niños a que denuncien los comentarios sexistas de sus padres en casa. Queda demostrada una vez más la simpatía y la consideración que debe de tener Pajín hacia los soplones, a quienes ha reservado un papel protagonista en su anteproyecto de ley de Igualdad de Trato y No Discriminación, la última bandera social que le quedaba a Zapatero antes de las elecciones generales.

Los delatores tienen un artículo para ellos en ese anteproyecto, el 41: «Deber de colaboración», lo ha llamado el Gobierno. Primero se afirma que la Autoridad para la Igualdad de Trato y la No Discriminación prestará cuanta colaboración le sea requerida por las Cortes Generales, los órganos jurisdiccionales, el Ministerio Fiscal, el Defensor del Pueblo y las Administraciones Públicas. Esta Autoridad se crea «como autoridad independiente encargada de proteger y promover la igualdad de trato y no discriminación de las personas por razón de las causas previstas» en la ley.

A su vez, las administraciones públicas y los particulares deberán prestar «la colaboración necesaria» a la Autoridad para la Igualdad de Trato y la No Discriminación cuando así lo exija el cumplimiento de sus funciones. En concreto, los particulares, incluidas las familias, tienen que «colaborar» cuando la Autoridad investigue, por iniciativa propia, la existencia de posibles situaciones de discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad, lengua o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

«Colaborar» y «soplar»

El Gobierno utiliza el verbo «colaborar» como eufemismo de «soplar» o «chivarse». De hecho, los particulares deberán proporcionar en plazo «toda clase de información y datos de que dispongan y puedan resultar necesarias» para la investigación de la Autoridad. Además deberán «colaborar» con agilidad: el plazo será de 10 días, salvo que por la naturaleza de los solicitado o las circunstancias del caso se fije de forma motivada un plazo diferente.

La regulación de la delación entre particulares no olvida ningún detalle. Así, el anteproyecto de ley establece que «el deber de colaboración e información» incluirá la comunicación de la información que contenga datos personales de terceros sin su consentimiento cuando resulte estrictamente necesario.

Un ejemplo práctico sobre el ejercicio de la delación puede ser el siguiente, relacionado con el alquiler de una vivienda. La ley «prohíbe» en particular «rehusar una oferta de compra o arrendamiento, o rehusar el inicio de las negociaciones o de cualquier otra manera impedir o denegar la compra o arrendamiento de una vivienda por razón de algunas de las causas de discriminación previstas en la presente ley, cuando se hubiere realizado una oferta pública de venta o arrendamiento». También se prohíbe «discriminar a una persona en cuanto a los términos o condiciones de la venta o arrendamiento de una vivienda con fundamento en las referidas causas».

Si un propietario pone en alquiler su vivienda y hace una oferta pública de arrendamiento, a través de un anuncio, por ejemplo, podrá conocer numerosos candidatos a ocupar su casa. Podría ocurrir que descartara a una pareja de musulmanes, por los motivos que fueran. Si éstos se sintieran ofendidos y discriminados, podrían presentar una denuncia. El propietario, con la ley en la mano, tendrá que demostrar su inocencia. Es decir, si los candidatos descartados aportan un principio de prueba sobre la existencia de discrimación, el propietario deberá hacer una «justificación objetiva y razonable, suficientemente acreditada, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad».

Pero, si la Autoridad para la Igualdad de Trato y la No Discriminación entra en acción e investiga, los vecinos y familiares tendrán la obligación de «colaborar» y explicar, quizás, si el propietario de la vivienda es racista o suele tener comportamientos xenófobos, con datos personales incluidos.

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